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Reclamación de consumo
Has llamado, has escrito por el formulario y has mandado correos, y la empresa sigue sin contestar. Aquí la reclamación se pone por escrito, con lo que pides concretado, y se manda por una vía en la que queda constancia.
Entrega: 48 horas hábiles desde que tenemos toda la documentación, y siempre dentro del plazo legal para presentarla
Precio final con IVA incluido. Las tasas, la notaría y el procurador van aparte y se dicen antes de empezar.
Qué incluye
- Revisión de lo que compraste o contrataste y de lo que ya has reclamado tú.
- El escrito de reclamación a la empresa, diciendo qué pides y por qué.
- Hoja de reclamaciones o escrito al organismo de consumo cuando sea el camino que toca.
- Seguimiento de la respuesta y contestación si te responden con evasivas.
- Aviso de si tu caso encaja en el arbitraje de consumo, donde puedes ir sin abogada.
- Todo online: no hace falta que te muevas de casa en ningún momento.
Qué necesitas tener a mano
- La factura, el tique o el justificante de la compra.
- El contrato o las condiciones que aceptaste, si las conservas.
- Lo que ya hayas escrito a la empresa y lo que te hayan contestado.
- Fotos, informes o capturas si el problema está en un producto o en un servicio mal prestado.
- Decirme qué quieres: que te devuelvan el dinero, que te lo reparen o que te lo cambien.
Cómo va
- Me cuentas el caso y me pasas los papeles que tengas.
- Miro si hay reclamación que sostener y por qué vía conviene ir.
- Preparo el escrito, te lo enseño y lo envío yo.
- Sigo la respuesta y te digo qué opciones quedan si no llega o si no sirve.
Preguntas frecuentes
¿Sirve de algo reclamar si la empresa me ignora?
Cambia bastante que la reclamación llegue por escrito, por una vía con constancia y con una petición concreta. Muchas empresas tratan de forma distinta lo que entra por su formulario y lo que entra con papel de por medio. Lo que no se puede es asegurarte el resultado antes de ver tu caso.
Compré en una tienda online de fuera, ¿puedo reclamar igual?
Se puede intentar, y depende mucho de dónde esté la empresa y de qué aceptaste al comprar. Si está dentro de la Unión Europea hay vías de reclamación pensadas para eso. Si está fuera, te lo digo en cuanto vea el caso, para que decidas sabiendo lo que hay.
¿Tengo que ir yo a la oficina de consumo?
No necesariamente. La reclamación ante la oficina de consumo que te corresponda, en Manresa o en tu municipio del Bages, se puede presentar sin que vayas tú. Si en algún momento hace falta tu presencia, te aviso con tiempo.
La empresa dice que la garantía no cubre eso, ¿se acabó?
No siempre. Que la empresa diga que no cubre es su versión, y hay casos en los que el problema estaba en el producto desde el principio. Lo primero es leer lo que firmaste y lo que te han contestado, y a partir de ahí se ve si hay algo que discutir.
¿Cuánta garantía tengo?
Tres años en los bienes y dos en los contenidos o servicios digitales. El artículo 120.1 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios hace responsable al empresario de las faltas de conformidad que se manifiesten en esos plazos desde la entrega.
Si te han dicho que son dos años para todo, no es así.
Qué no incluye
- Las tasas o gastos de un organismo, si en tu caso los hubiera.
- El juicio, si el asunto acaba en el juzgado: eso se valora y se presupuesta aparte.
- Las reclamaciones entre empresas por su actividad.
- El dinero que te debe otro particular, que se reclama por otro camino y tiene su propia ficha.