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Comunidad de propietarios
Los conflictos de escalera tienen la mala costumbre de durar años y de acabar convertidos en algo personal. Se resuelven mejor cuanto antes se miran el acta y los números.
Entrega: Demanda preparada en 10 días hábiles desde que el asunto está listo para presentarse, y siempre dentro del plazo legal para presentarla
Cada caso se presupuesta antes de empezar, sin compromiso y por escrito. Las tasas, la notaría y el procurador van aparte y se dicen desde el principio.
Qué incluye
- Lectura del acta, de los estatutos y de las cuentas para saber qué se aprobó y cómo.
- Informe sobre si el acuerdo se puede discutir y por qué vía.
- Escrito a la comunidad o al administrador, cuando basta con eso para desatascar el asunto.
- Impugnación judicial del acuerdo de junta si hay motivo y decides seguir.
- Reclamación de cuotas y derramas impagadas a los propietarios que no pagan.
- Asesoramiento a la junta en obras, instalaciones y uso de elementos comunes.
Qué necesitas tener a mano
- El acta de la junta donde se tomó el acuerdo, junto con la convocatoria.
- Los estatutos de la comunidad y el título de división horizontal, si los tienes.
- Las cuentas o el presupuesto de la derrama que se discute.
- La correspondencia con el administrador o con el resto de vecinos.
- La fecha en que se celebró la junta y en que se te notificó el acuerdo.
Cómo va
- Me cuentas el conflicto y me pasas el acta y los documentos que tengas.
- Revisión y respuesta con las opciones reales, incluida la de no hacer nada.
- Escrito o requerimiento a la comunidad, al administrador o al vecino afectado.
- Si no se resuelve, preparación del procedimiento judicial que corresponda.
Preguntas frecuentes
¿Puedo impugnar un acuerdo si no fui a la junta?
Depende de cómo constes en el acta y de lo que se acordara. No todos los acuerdos se pueden discutir por igual ni por los mismos motivos. Con el acta delante se ve enseguida si tu caso encaja.
¿Hay plazo para impugnar?
Sí, y es corto. Por eso lo primero que pregunto es la fecha de la junta y la de la notificación del acta. Si el plazo ya pasó te lo digo sin darle vueltas, para que no gastes dinero en algo cerrado.
¿La comunidad puede obligarme a pagar una derrama que voté en contra?
Por lo general, los acuerdos válidos obligan también a quien votó en contra. La discusión suele estar en si el acuerdo se adoptó correctamente y con las mayorías que tocaban.
¿Podéis llevar el asunto de toda la comunidad y no solo el mío?
Sí. Trabajo tanto para propietarios a título individual como para la comunidad en conjunto, siempre que no haya un choque de intereses entre ambos.
¿Cuánto tiempo tengo para impugnar un acuerdo de la junta?
Depende del motivo. El artículo 553-31.4 del Codi civil de Catalunya da un año cuando el acuerdo es contrario a la ley, al título o a los estatutos, o implica abuso de derecho; y tres meses cuando es contrario a los intereses de la comunidad o gravemente perjudicial para un propietario. Los plazos cuentan desde la notificación del acta.
Si te ha llegado el acta hace semanas, dímelo cuanto antes.
Qué no incluye
- La administración de fincas y la llevanza de la contabilidad de la comunidad.
- Los informes técnicos de arquitecto o de perito sobre obras y estructuras.
- Los gastos de procurador y de juzgado si el asunto acaba en pleito.
¿Lo vemos?
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