Cártel de coches: el Supremo sube la indemnización al 5 %. Quién puede reclamar y hasta cuándo
El 22 de octubre de 2026 el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que cambia bastante las cosas, porque eleva la indemnización y facilita a quién se puede reclamar. Pero el plazo para hacerlo está a punto de terminar, y para muchas marcas ya ha terminado.
Qué ha decidido el Supremo sobre el cártel de coches
El caso era el de 62 compradores de coches Opel y Chevrolet que reclamaban a Stellantis. La Audiencia Provincial les había reconocido una indemnización del 2 % del precio de compra, y el Supremo la ha elevado al 5 %, más los intereses legales desde el día en que compraron el coche (puedes leer la sentencia del Tribunal Supremo 1645/2026, de 22 de octubre, en el CENDOJ).
La sentencia dice además algo muy importante. Como el daño lo causaron todas las marcas que participaron en el cártel, cualquiera de ellas responde de todo el perjuicio, aunque el coche fuera de otra marca (es lo que se llama responsabilidad solidaria). Es decir, quien compró un coche de una marca cuyo plazo ya ha pasado puede, en principio, reclamar a otro fabricante del cártel cuyo plazo siga abierto.
¿Quién puede reclamar por el cártel de coches?
Pueden reclamar quienes compraron un coche nuevo, en concesionario, entre 2006 y 2013, de alguna de las marcas sancionadas, entre ellas Seat, Volkswagen, Audi, Skoda, Renault, Peugeot, Citroën, Opel, Ford, Fiat, Toyota, Nissan, Hyundai, Kia, BMW, Mercedes, Honda, Volvo y Mazda. Da igual que fuera un particular o una empresa, y también cuenta si el coche se compró financiado o con renting.
Los coches de segunda mano, en cambio, quedan fuera, porque el sobreprecio lo pagó quien lo compró nuevo.
¿Cuánto se puede cobrar?
Con el criterio del Supremo, la indemnización es el 5 % de lo que se pagó por el coche, más los intereses legales desde la compra. En un coche de 20.000 € serían 1.000 € de principal, y como han pasado más de quince años, los intereses suman una cantidad considerable.
Hay que tener en cuenta que no es una devolución automática. El 5 % es la cantidad que el tribunal ha considerado razonable cuando el daño está acreditado y no se puede calcular con exactitud, y cada reclamación tiene que demostrar la compra, que el coche estaba afectado y, con un informe pericial, cuál fue el sobreprecio aproximado.
¿Hasta cuándo se puede reclamar por el cártel de coches?
Es lo más importante del artículo. La ley da cinco años para reclamar, y los tribunales cuentan ese plazo desde que la sanción de cada marca quedó firme, lo que ocurrió con distintas sentencias del Supremo en 2021. Por eso cada marca tiene su propia fecha, y la mayoría vencieron entre abril y octubre de 2026.
La que sigue abierta es la de Toyota, cuyo plazo termina el 1 de diciembre de 2026. Y aquí está la importancia de la sentencia, porque si cualquier marca del cártel responde de todo el daño, quien compró un coche de otra marca puede reclamar a Toyota mientras su plazo siga vivo. Es la vía que se está planteando ahora, aunque todavía no hay un criterio único en todos los juzgados y conviene valorarla caso por caso.
También puede estar a tiempo quien ya reclamó en su día por escrito al fabricante, porque una reclamación fehaciente (por ejemplo, un burofax) interrumpe el plazo y hace que vuelva a empezar.
Si piensas reclamar, no lo dejes para finales de noviembre. Antes del 1 de diciembre hay que tener, como mínimo, la reclamación enviada al fabricante, y para eso hace falta reunir antes la documentación.
Qué documentación hace falta
Lo fundamental es la factura o el contrato de compra del coche, donde conste la fecha, el concesionario y el precio. Si no la conservas, se puede pedir una copia al concesionario o a la financiera, y en la DGT se puede obtener un informe del vehículo que acredita la marca, el modelo y la fecha de la primera matriculación. Si compraste con financiación, el contrato del préstamo también sirve, y si ya reclamaste en su momento, guarda la copia de esa reclamación y el justificante de envío.
Cuánto cuesta reclamar
Para que el plazo no se pase, la gestión empieza con un precio cerrado de 180 € (IVA incluido), que cubre la revisión de tu compra, la comprobación del plazo y la reclamación por burofax al fabricante, además de la negociación con él. Si el fabricante no paga y hay que ir a juicio, los honorarios de esa fase son de 300 € + IVA al presentar la demanda, más el 25 % + IVA de lo que recuperes (indemnización e intereses), y ese porcentaje solo se paga si lo recuperas. Si hay juicio, la demanda tiene que ir acompañada de un informe pericial que calcule el sobreprecio, porque el Supremo aplica el 5 % cuando quien reclama ha hecho un esfuerzo serio por probar el daño, aunque el juez no acepte el cálculo del perito. El coste de ese informe se presupuesta aparte.
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Reclamación por el cártel de coches
180 € IVA incluido
Reviso tu compra, compruebo que sigues en plazo y envío el burofax al fabricante antes del 1 de diciembre. Si hay que ir a juicio, te lo explico antes y decides tú.
Judit Ríos · Abogada colegiada en el Il·lustre Col·legi de l'Advocacia de Manresa. Familia, civil y mercantil.