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Recursos y alegaciones

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Recursos y alegaciones

Un organismo te ha mandado un requerimiento, una sanción o una resolución que no te cuadra. Se lee el expediente entero, se escribe lo que toca en cada momento y se presenta dentro del plazo que marca la propia notificación. Si lo tuyo es una multa de tráfico o de aparcamiento, tiene su propia ficha y sale más barata.

Entrega: 5 días hábiles desde que tenemos toda la documentación, y siempre dentro del plazo legal para presentarlo

Llamada breve
Online, a precio cerrado 85,00 €
Con acompañamiento presencial 185,00 €

Precio final con IVA incluido. Las tasas, la notaría y el procurador van aparte y se dicen antes de empezar.

Qué incluye

  • Lectura del expediente completo y de lo que te notifican.
  • Alegaciones o recurso, según el punto del procedimiento en el que estés.
  • Petición de que se suspenda la ejecución cuando tenga sentido pedirla.
  • Presentación telemática ante el registro del organismo, con justificante.
  • Sanciones y expedientes de ayuntamientos del Bages, de la Generalitat y de organismos estatales.
  • Explicación de qué queda por delante si la resolución llega en contra.

Qué necesitas tener a mano

  • El escrito que has recibido, completo y con la fecha de notificación.
  • El expediente administrativo, si ya has pedido copia.
  • Todo lo que hayas presentado antes en ese mismo asunto.
  • Los documentos que sostengan tu versión: licencias, facturas, informes, fotos.
  • Avisarme en cuanto te llegue, porque los plazos administrativos son cortos.

Cómo va

  1. Me mandas la notificación el mismo día que puedas.
  2. Miro el expediente y te digo qué se puede sostener y qué no.
  3. Escribo el recurso o las alegaciones en 48 horas y te los paso.
  4. Lo presento yo por vía telemática y recibes el justificante.
  5. Te aviso cuando resuelvan y repasamos las opciones que quedan.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre alegaciones y recurso?

Las alegaciones se presentan mientras el expediente está abierto, para dar tu versión antes de que se decida. El recurso llega después, cuando ya hay una resolución y quieres que se revise. Por eso lo primero es mirar en qué punto estás.

¿Puedo pedir que no me cobren mientras se resuelve?

En algunos casos se puede solicitar que se suspenda la ejecución mientras se decide el recurso. No se concede siempre y depende del tipo de expediente, así que te digo si en el tuyo tiene sentido pedirlo.

Creo que se me ha pasado el plazo, ¿ya no hay nada que hacer?

Hay que mirarlo antes de darlo por perdido. Según el tipo de resolución y de cómo te notificaran, a veces quedan otras vías. Mándame el escrito y la fecha en que te llegó y te lo digo enseguida.

¿Se puede hacer todo sin ir a ningún sitio?

Sí. La documentación se manda por correo o por el área de cliente, la reunión se hace por videollamada y el escrito se presenta telemáticamente. Si prefieres venir al despacho de Sant Fruitós de Bages, también.

Qué no incluye

  • El procedimiento ante el juzgado si hay que llegar a esa vía, que se presupuesta aparte.
  • Las tasas del organismo y los informes técnicos que haya que encargar.
  • Las multas de tráfico y de aparcamiento, que tienen su propia ficha.
  • Los trámites que no sean un recurso: licencias, altas o solicitudes de subvención.

¿Lo vemos?

Si tienes dudas antes de contratar, te llamo diez minutos. Sin compromiso.

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