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Reclamación previa ante el INSS
¿El INSS te ha denegado una pensión o prestación? Antes de ir al juzgado hay que presentar una reclamación previa. La preparamos y la presentamos por ti, dentro de plazo.
Entrega: 5 días hábiles desde que tenemos toda la documentación, y siempre dentro del plazo legal para presentarla
Precio final con IVA incluido. Las tasas, la notaría y el procurador van aparte y se dicen antes de empezar.
Qué incluye
- Revisión de la resolución del INSS y de tu expediente.
- Análisis del motivo de la denegación y de cómo rebatirlo.
- Redacción de la reclamación previa, con la documentación que la respalda.
- Presentación telemática ante el INSS.
- Seguimiento hasta que el INSS responda, y explicación de la respuesta.
Qué necesitas tener a mano
- La resolución del INSS que te deniega la prestación y la fecha en que te la notificaron.
- Tu DNI.
- La documentación que presentaste con la solicitud.
- Una autorización para presentar la reclamación en tu nombre (te la preparamos nosotros).
Después de revisar tu caso te diremos si hace falta algún documento más.
Cómo va
- Nos envías la resolución y te confirmamos si hay base para reclamar y cuánto plazo queda.
- Revisamos tu expediente y te pedimos la documentación que falte.
- Preparamos la reclamación y te explicamos qué vamos a alegar.
- La presentamos ante el INSS por vía telemática.
- Cuando el INSS conteste, te explicamos qué significa y qué opciones tienes.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
¿Es obligatorio presentar la reclamación previa?
¿Cuánto tarda el INSS en contestar?
¿Qué pasa si la desestiman?
¿Sirve para cualquier prestación?
¿Necesito un abogado?
Qué no incluye
- La demanda ante el juzgado de lo social si el INSS desestima la reclamación.
- Recursos posteriores.
- Una nueva solicitud de la prestación.
- Informes médicos o periciales.
- Gestiones ante otros organismos, como el SEPE.