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Convenio regulador
El convenio es el documento donde se escribe cómo vais a organizaros a partir de ahora: los hijos, la casa, el dinero. Se puede redactar desde cero o revisar el que ya tenéis antes de que lo firméis.
Entrega: Borrador en 48-72 horas hábiles desde que tenemos toda la documentación
Precio final con IVA incluido. Las tasas, la notaría y el procurador van aparte y se dicen antes de empezar.
Qué incluye
- Redacción del convenio completo: guarda y custodia, visitas, vacaciones, pensión de alimentos y gastos de los hijos.
- El uso de la vivienda familiar y el reparto de lo que tengáis en común.
- Revisión del convenio que hayáis redactado vosotros o que os haya pasado la otra parte, con los puntos flojos señalados.
- Explicación de qué significa cada cláusula y de cómo se aplicará el día que haya discrepancias.
- Preparación del documento para presentarlo al juzgado o para llevarlo a notaría, según el caso.
Qué necesitas tener a mano
- El libro de familia o los datos de los hijos, con sus edades y su situación escolar.
- Los ingresos de los dos, con nóminas o declaraciones recientes.
- La información de la vivienda: si es alquiler o propiedad, y si queda hipoteca.
- Lo que ya habéis hablado entre vosotros, aunque sea de forma aproximada.
- Si hay bienes, deudas o negocios en común, el detalle de cada uno.
Cómo va
- Reunión inicial, en Sant Fruitós o por videollamada, para ordenar lo que ya tenéis acordado.
- Borrador del convenio, con las cuestiones que siguen abiertas marcadas aparte.
- Lectura tranquila por vuestra parte y una ronda de cambios.
- Versión final y explicación de los pasos que vienen después de la firma.
Preguntas frecuentes
¿Sirve el mismo convenio para los dos?
Si hay acuerdo real, sí: el convenio es un documento único que firmáis los dos. Cuando aparece un conflicto de fondo, cada parte necesita asesoramiento propio, y eso te lo diré en cuanto lo vea.
¿Podemos cambiarlo más adelante?
Sí. Cuando cambian los ingresos, el trabajo, el domicilio o la edad de los hijos, el convenio se puede modificar. Mientras no se modifique por la vía formal, lo que obliga es lo que firmasteis.
¿Hace falta pasar por el juzgado?
Con hijos menores, el convenio se presenta al juzgado y lo revisa el ministerio fiscal antes de aprobarse. Sin hijos menores existen otras vías posibles. Te digo cuál encaja en vuestro caso en la primera conversación.
¿Se puede hacer sin venir al despacho?
Sí. Las reuniones pueden ser por videollamada y los borradores van por el área de cliente, con lo que podéis leerlos cada uno desde su casa.
No hicimos capitulaciones, ¿qué régimen tenemos?
Separación de bienes. El artículo 231-10.2 del Codi civil de Catalunya dice que, si no hay pacto o los capítulos son ineficaces, el régimen económico es el de separación de bienes.
Cambia las cuentas de cualquier divorcio, y mucha gente da por hecho lo contrario.
¿Qué es el plan de parentalidad y hace falta?
Hace falta. El artículo 233-2.4.a del Codi civil de Catalunya dice que, si hay hijos bajo vuestra potestad, el convenio regulador debe contener un plan de parentalidad.
Es el documento donde se concreta cómo os vais a repartir el cuidado y las decisiones. Lo preparo yo con lo que me contéis.
Qué no incluye
- La tramitación judicial del divorcio en sí, que va por su propio servicio.
- Los gastos de juzgado, notaría, registro y procurador.
- La representación de los dos cuando existe conflicto de fondo: ahí cada parte necesita su propia abogada o abogado.
- La liquidación de bienes que requiera tasación o escritura aparte.
- Las rondas de cambios adicionales, que se presupuestan aparte.